Adultos mayores: revisa si calificas al beneficio que reduce el pago de contribuciones

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Crónica

16/07/2025


La Defensoría del Contribuyente (Dedecon) está realizando un importante trabajo enfocado en orientar y apoyar a las personas adultas mayores para que puedan acceder correctamente al Beneficio al Adulto Mayor (BAM), el cual otorga una rebaja en el pago de contribuciones.

Aunque este beneficio es otorgado automáticamente por el Servicio de Impuestos Internos (SII), en algunos casos puede no aplicarse de inmediato, a pesar de que la persona cumpla con todos los requisitos legales. En estas situaciones, la Defensoría ofrece asistencia gratuita a través de su sitio web o en cualquier oficina de ChileAtiende, donde un experto tributario se contactará con el usuario para iniciar el proceso.

“Nos han solicitado nuestros servicios adultos mayores que no han tenido acceso al beneficio y gracias a la intermediación de la Defensoría del Contribuyente, mediante una representación administrativa, hemos logrado que los contribuyentes adultos mayores accedan al beneficio, liberando el pago de contribuciones”, explicó el Defensor Nacional del Contribuyente, Ricardo Pizarro.

Pizarro también explicó situaciones específicas que afectan la aplicación del BAM, indicando que “hemos detectado que el SII no otorga el BAM cuando el dueño de una propiedad fallece y lo hereda su cónyuge y los hijos. En ese caso, el cónyuge sobreviviente, si es adulto mayor, tiene derecho a una rebaja del 100% o del 50% de las contribuciones en proporción a su cuota en el inmueble. Desde la Defensoría podemos ayudar a los contribuyentes en materia de contribuciones, no solo mediante la representación administrativa, sino también mediante una mediación con el SII”.

La Ley 20.732 establece este beneficio para quienes cumplan ciertos requisitos:

  • Tener al menos 60 años si es mujer o 65 años si es hombre al 31 de diciembre del año anterior.
  • Que el inmueble esté inscrito a nombre del beneficiario (exclusivamente o en conjunto con cónyuge o herederos).
  • Que el bien raíz esté destinado efectivamente a la habitación.
  • Que el avalúo fiscal del inmueble no supere los $215.857.004 al 1 de julio de 2024.
  • Que la suma de los avalúos fiscales totales del contribuyente no exceda los $288.371.466.
  • Que los ingresos anuales no superen los $825.620 para obtener una rebaja del 100%. Si están entre $825.620 y $1.651.240, se accede al 50% de rebaja.

Ricardo Pizarro, destacó que “desde la Defensoría sugerimos revisar la evolución del cobro de sus contribuciones y hacer las consultas ante el Servicio de Impuestos Internos, en caso de que considere que exista algún error o no sabe por qué subió tanto su contribución. Como Defensoría del Contribuyente creemos que los contribuyentes deben tener acceso total a las fuentes de información que permitieron al SII establecer la base imponible del impuesto territorial”.

“De esta manera, el contribuyente estará en absoluto conocimiento de cómo se calculó el valor de su impuesto territorial. La transparencia del cálculo y el acceso transparente a la información es un tema que hemos planteado al Servicio y acabamos de publicar un informe con acuerdos en esta materia”, enfatizó.



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