Ley de Responsabilidad Parental: hay casi 8 mil deudores de alimentos en la Región del Biobío

Regional

Crónica

21/05/2023


Son 7 mil 800 los deudores de alimentos en la Región del Biobío. Se trata de 7 mil 590 hombres y 210 mujeres, según las cifras del Registro Civil.

En este sentido, la deuda se traduce en más $7 mil millones, cifra que, luego de la entrada en vigencia este sábado de la nueva Ley N° 21.484 de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas y Pensiones de Alimentos, debería comenzar a disminuir gracias a las nuevos procedimientos que se incorporan para retener el dinero.

Registro Nacional

En los seis meses de funcionamiento del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos hay más de 80 mil deudores a nivel nacional,siendo la Región del Biobío la tercera con más número de personas que incumplen. “Los datos van aumentando todos los días en el Registro de Deudores, pero seguimos ocupando el tercer lugar en la región”, indicó Lorena Segura, seremi de la Mujer.

La ley y el Registro Nacional de Deudores forman parte de una misma institucionalidad que busca el cumplimiento del pago. Esta establece un mecanismo para cumplir con las deudas de pensiones de alimentos de forma permanente entregando, incluso, al Estado la misión de investigar las cuentas bancarias o documentos financieros de quienes adeudan la pensión. “Hay muchas personas que se aburren de estos trámites y hay mujeres que simplemente empiezan a trabajar más generando más recursos y arreglándoselas como siempre las mujeres lo hemos hecho. Pero esta ley apunta a aliviar esa carga”, explicó Segura.

“Esta es una ley que es igual para todos, hombres y mujeres, fue impulsada por el Ministerio de la Mujer porque tiene mucho que ver con que cuando iniciamos como Gobierno, íbamos a terreno y cada vez que había diálogo con las mujeres, nos decían que quienes debían pagar pensiones en pandemia, al menos un 80% no lo hicieron”, indicó la seremi.

Procedimientos

El texto de la ley contempla un procedimiento especial y otro extraordinario. El primero indica que el pago se aplicará cuando la persona deudora deba, al menos, una mensualidad de la pensión, fijada por un tribunal de familia. “Cuando el Tribunal de Familia notifica a la institución financiera, existirá un plazo máximo de 15 días hábiles para realizar el pago. Si no se cumple, serán las entidades financieras las que tendrán que pagar la deuda dentro del plazo establecido”, explica el comunicado que envió de forma conjunta la Seremi de Gobierno y de la Mujer.

En tanto el procedimiento extraordinario implica que si no tiene fondos o no alcanzan para cubrir la deuda, se pagará mediante los fondos de la cuenta de cotizaciones obligatoria de la persona deudora, quiere decir de sus fondos existentes en la AFP.

La norma contempla como última opción el pago con los fondos de pensiones, sólo en el caso que no exista otro patrimonio del deudor, debido a que se trata del dinero destinado a la pensión de vejez o invalidez. Por ello también se establecen ciertos límites: si la persona deudora está a 15 años o menos de jubilar, el pago no podrá exceder de un 50% del fondo; si se encuentra a más de 15 años y menos de 30 años de jubilar, el pago no excederá de un 80% del monto acumulado; el deudor se encuentra a más de 30 años de cumplir con la edad para jubilar, el pago no excederá un 90% de los recursos.

CAJ

Desde la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) de la Región del Biobío detallaron que el 2022 se atendieron en orientación e información 11.010 casos por alimentos; y en lo que va de este año 2023 llevan 4 mil 472 de esas mismas atenciones. Además, en la línea de acción que dé solución colaborativa y se requiere de la voluntad de ambos para fijar una pensión se atendieron 59 personas en 2022, mientras que a la fecha de 2023 son 30.

Con respecto al patrocinio judicial en materia de alimentos en el año 2022 se patrocinó una suma superior a los 2 mil 688 casos y en el 2023 van 1.080 causas judiciales. En cumplimientos, que es el concepto para cuando ya está fijada la pensión, y se encuentra impaga, en el año 2023 ya hay más de 255 atenciones y causas.

“Creo que también con la modificación de ley vamos a tener una mayor cantidad de atenciones, vamos a tener aumento de requerimientos en cumplimientos como antes las herramientas que teníamos no eran muchas. Si la persona no nos proporcionaba información respecto de dónde trabajaba y si tenía bienes. Si no contábamos con esa información no podíamos continuar con su causa”, señaló Sandra Bujes, coordinadora regional de Línea de Familia de la Corporación de Asistencia Judicial.

Con la nueva ley, el Tribunal tendrá la facultad de averiguar si la persona tiene cuenta corriente, fondos mutuos o depósitos a plazo, incluso cuáles son los montos que tiene como ahorro previsional voluntario, además del ahorro previsional obligatorio. “Todo eso lo va a hacer el tribunal, porque tiene las herramientas, eso va a animar a a mucha personas que habían dejado sus causas botadas a reactivarlas, creo que sí vamos a tener una aumento en ese sentido y en la medida que se vayan viendo los resultados de estas nuevas facultades”, indicó Buje.

En cuanto a qué deben hacer las personas para iniciar este trámite “hay varias situaciones: primero las personas que tienen pensiones muy antiguas tienen que solicitar al tribunal la conversión de su pensión en UTM porque una de las modificaciones de Ley que regula el Registro Nacional de Deudores como a Ley de Responsabilidad Parental, establece que la pensión de alimentos deben fijarse en UTM que aumenta mes a mes, antes era en un monto de dinero. Hay que solicitar que se liquide la deuda que existan meses adeudados para que el tribunal pueda proceder a la investigación del patrimonio que tiene el deudor”, explicó Sandra Bujes.

En la Oficina Judicial Virtual, ingresando con la clave única, se habilitará a través de un trámite fácil en dónde las personas podrán hacer la solicitud de cobro directamente al tribunal.



Noticias Relacionadas