Nacional
Crónica
Policial
22/03/2023
La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley el proyecto ingresado por el Gobierno que moderniza los delitos que sancionan la delincuencia organizada, aplica el comiso de las ganancias y establece técnicas especiales para su investigación.
La propuesta adapta la legislación nacional a las nuevas formas de organización criminal. En particular, consagra medidas especiales de protección de víctimas y testigos, similares a las que se encuentran establecidas en la Ley 20.000.
Asimismo, considera que la privación de los activos de estas organizaciones criminales es uno de los pilares fundamentales de la estrategia internacional para combatir este tipo de criminalidad.
La normativa moderniza el delito de asociación ilícita; regula de forma sistemática y orgánica las técnicas especiales de investigación; extiende el alcance de estas técnicas a todos los casos de criminalidad organizada; y amplía medidas especiales para víctimas y testigos.
Respecto de modificaciones al Código Penal, se incorpora como "circunstancia agravante" formar parte de una agrupación u organización de dos o más personas destinadas a cometer crímenes o simples delitos.
También será un agravamente que la participación en una banda haya facilitado la perpetración del delito o aumentado el peligro para la integridad física de la víctima, o que el hecho se haya perpetrado con violencia, intimidación o engaño.
Asimismo, establece como regla general el hecho que toda sentencia condenatoria en materia criminal lleve consigo el comiso de las ganancias provenientes del delito. Ello, incluidos frutos y ganancias, que serán transferidas a la Corporación Administrativa del Poder Judicial.
El texto define como asociación criminal a "toda organización formada por tres o más personas, con acción sostenida en el tiempo, que tenga entre sus fines la perpetración de hechos constitutivos de crímenes".
Sanciona a quien tome parte en ellas con presidio menor en su grado máximo (tres años y un día a cinco años).
Un castigo mayor se otorga a quien cumpla funciones de jefatura, ejerza mando, financie, provea recursos o medios o haya fundado la organización. En tal caso, la pena será de presidio mayor en su grado mínimo (cinco años y un día a 10 años).
Por otra parte, la iniciativa permite captar, grabar y hacer registro subrepticio de imágenes o sonidos en lugares cerrados o que no sean de libre acceso al público.
Ello, previa autorización del juez, a solicitud del fiscal, cuando existan fundadas sospechas basadas en hechos determinados y graves que lo hagan imprescindible para esclarecer los hechos.
Finalmente, entre otras normas, determina que el fiscal regional competente podrá autorizar a funcionarios policiales para que se desempeñen como agentes encubiertos o reveladores para esclarecer hechos que involucren la participación en una asociación delictiva o criminal.
"¡Se despacha a ley! Este avance entrega más herramientas para fortalecer la lucha contra estos grupos criminales. Seguimos con la Política Nacional contra el Crimen Organizado", dijo en Twitter la ministra del Interior y Seguridad Pública, Carolina Tohá.
Ante la Cámara Baja, Tohá explicó que el proyecto se basa en las experiencias de países que han enfrentado antes este camino. De tal forma, replica buenas prácticas y trae a nuestra legislación instituciones que hoy están ausentes.
Precisó que el Gobierno es muy conciente de que la norma por sí sola no basta, pero fortalece una batería importante de proyectos referidos a materias de seguridad en trámite o por ingresarse.