Tribunal abrió el testamento de Lucía Hiriart tras demanda del Consejo de Defensa del Estado

Nacional

Crónica

08/02/2023


El 16° Juzgado Civil de Santiago abrió este miércoles el testamento de Lucía Hiriart luego de que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentara una demanda por provecho de dolo ajeno contra los herederos testamentarios de Augusto Pinochet.

A poco más de dos años de la muerte de Hiriart, viuda del exgeneral, el CDE ha realizado un conjunto de acciones que buscan recuperar los recursos malversados por Pinochet y sus colaboradores, informó el organismo.

Tras la audiencia donde hoy se conoció el testamento de Hiriart, la abogada del CDE María Eliana Ricke explicó que "se procedió a aperturar el testamento de doña Lucía Hiriart, cónyuge de don Augusto Pinochet Ugarte, diligencia pedida por este organismo y todo ello en el marco de la demanda interpuesta en contra de los herederos testamentarios del exgeneral por el provecho del dolo ajeno con respecto de los dineros que él (Pinochet) defraudó".

Ricke, sin embargo, dijo que no podía pronunciarse respecto al contenido del testamento.

El CDE recordó la Corte Suprema puso término al denominado caso Riggs el 24 de agosto de 2018 donde acogió el recurso de casación de la CDE, condenando a tres colaboradores de Pinochet como autores del delito de malversación de caudales públicos.

Frente a ello, el organismo presentó "una demanda por provecho del dolo ajeno con el propósito de que los herederos de Pinochet sean condenados a pagar al Fisco alrededor de 16 millones de dólares, correspondientes a los dineros obtenidos ilícitamente por éste.

Ello, dado que, si bien no se acreditó que hubieren tenido participación en los ilícitos, serían destinatarios de un provecho económico que fue fruto de una conducta delictual plenamente demostrada", detalló el CDE en una declaración pública.

El organismo agregó que el recurso de casación acogido por la Corte "posibilitó emprender una serie de acciones judiciales para recuperar los dineros defraudados. 

La sentencia decretó el comiso de los bienes que estaban a nombre del exgeneral o de alguna de sus sociedades, la mayoría offshore y con acciones al portador. Sin embargo, pese a dar por acreditado el monto total del perjuicio, ascendente a 17.866.323 de dólares, la Corte Suprema estimó que la pena accesoria de comiso sólo podía recaer en aquella parte de los bienes que tuviera relación con la intervención de los condenados".

"La Corte Suprema -agregó el CDE- señaló, al resolver el recurso de casación penal, que era imposible desconocer que en el proceso existía evidencia probatoria más que suficiente para estimar plenamente demostrado que el general Pinochet incurrió en conductas que importaron sustracción de caudales públicos y, en este escenario procesal, era posible razonablemente colegir que los bienes individualizados en el fallo de primer grado podían considerarse como los efectos o producto de la perpetración de sus conductas delictuales cometidas en perjuicio del erario nacional".



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