Casi 280 personas han sido condenadas por la ley de acoso sexual callejero desde 2019

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05/12/2022


La Fiscalía informó que desde su entrada en vigencia en 2019 hasta noviembre de este año, ha recibido 3.794 denuncias por la Ley que Sanciona Acoso Sexual en Público, y 279 de estos casos terminaron con sentencias condenatorias, versus los sobreseimientos definitivos, que no superan los 95 casos.

Cabe recordar que esta norma penaliza todo acto de hostigamiento contra las mujeres, sanciones que dependiendo del tipo de conducta comienzan en los 61 días hasta los cinco años de presidio, o desde el pago de una multa de entre 48 mil a 971 mil pesos, en casos más graves.

Ymay Ortiz, directora de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía, señaló a La Tercera PM que "cuando se decide sancionar esta conducta, es porque se entiende que es de las situaciones más graves, y por eso se sanciona penalmente. Por lo tanto, también hay una comunicación que está diciendo 'esto que ocurre en la calle es uno de los hechos más graves' y por ello los vamos a sancionar".

A su juicio, la tipificación de tal delito también ha producido cambios "a nivel estructural, como una sanción social mucho mayor al acoso. Ahora puedes ver que hay medidas que se han optado en el transporte público, en el Metro, campañas comunicacionales. Eso ha demostrado que la norma es exitosa, y además, ha sido valorada por las agrupaciones".

CAUSAS ARCHIVADAS POR FALTA DE ANTECEDENTES

Por otra parte, el Ministerio Público aclara que el aumento de judicialización de los casos no se produce necesariamente porque aumentan los episodios, pues antes de la existencia de la ley no había registro y, por lo mismo, a medida que se sociabiliza la norma, es común que las denuncias vayan al alza los primeros años.

De hecho, en 2019 se registraron 297 casos de acoso callejero; en 2020 fueron 975; en 2021 la cifra llegó a 1.285, y casi al cierre del 2020 van en 1.247, números que engloban desde una ofensa verbal en público, hasta la grabación y difusión de imágenes de los genitales de un tercero. Y en caso de presentar conductas de abuso sexual, se amplía a la tipificación de ese delito.

Si bien la Fiscalía valora la tasa de condenas, la cifra de "archivos provisionales" de todos modos representa un 46 por ciento de los términos aplicados, lo que se explica porque suele ser complejo identificar al imputado por estos delitos, y ante la falta de imágenes, testigos o una descripción acabada de parte de la víctima, usualmente se decide cerrar el caso a la espera de mayores antecedentes.

Consultada al respecto, Ortiz sostuvo que estas dificultades son similares a las de otros ilícitos cometidos en la vía pública, donde mayoritariamente se está ante un imputado sin relación directa con la víctima, como por ejemplo, en un robo por sorpresa.



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