Nacional
Crónica
Policial
15/06/2022
Tres años después de su presentación, el Congreso concluyó la tramitación de la denominada "Ley Nibaldo", que tipifica como delito la mutilación de cadáveres y sepulturas.
El proyecto, que cumplía su segundo trámite en el Senado, había sido aprobado en general, en marzo, por la Sala, fijándose el mes de abril como plazo para la presentación de indicaciones.
No obstante, transcurrido ese lapso no hubo enmiendas, razón por la cual los comités parlamentarios acordaron proponerle a la Sala su aprobación y despacho en los mismos términos en que fue votado en marzo, lo que ocurrió en la víspera.
De este modo, la iniciativa fue remitida a la Cámara de Diputadas y Diputados (donde se originó, impulsada por Carolina Marzán, Ricardo Celis, Cristina Girardi, Tucapel Jiménez y Andrea Parra), para ser derivada, a su vez, al Ejecutivo para la firma y promulgación como ley.
La "Ley Nibaldo" debe su nombre a la memoria del profesor de Villa Alemana Nibaldo Villegas, quien fue asesinado y descuartizado en 2018 por su ex pareja, Johanna Hernández, y por un cómplice de ésta, Francisco Silva. Ambos fueron condenados en 2019 a presidio perpetuo: calificado ella y simple él.
El proyecto despachado del Congreso incorpora una nueva sanción que dispone la pena de reclusión menor en su grado medio, es decir 541 días a 3 años, para quien, "en menosprecio de la memoria de quien hubiere muerto, exhume total o parcialmente sus restos humanos; sustraiga restos humanos de quien los tuviere legítimamente, o manipule restos humanos o cenizas, realizando actos que los afecten considerablemente".
Además, establece la misma sanción para quien, "en menosprecio de la memoria de quien hubiere muerto, profane su sepultura".