Nacional
Crónica
05/05/2026
La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó, en su último trámite legislativo, el proyecto de ley que prohíbe que personas condenadas por delitos de violencia intrafamiliar (VIF), femicidio u otros ilícitos graves puedan acceder a pensiones de sobrevivencia de sus víctimas.
La iniciativa fue despachada del Congreso con 147 votos a favor y sin votos en contra ni abstenciones.
El proyecto modifica el artículo 5 bis del Decreto Ley N° 3.500, con el objetivo de impedir que quienes hayan sido condenados por estos delitos obtengan beneficios económicos derivados de la víctima, cerrando así un vacío legal en la normativa previsional.
Durante la jornada, la ministra de la Mujer, Judith Marín, valoró el avance de la iniciativa y subrayó que "como ministerio hemos trazado nuestras prioridades, y entre ellas una de las más importantes, si no la más importante, la seguridad de las mujeres".
En esa línea, agregó que "prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres nos parece fundamental, y eso es lo que viene a hacer este proyecto de ley, a ser coherentes con la condena, condenando la violencia contra las mujeres".
Asimismo, destacó que la cartera ha impulsado acciones concretas, indicando que "ya hemos presentado a la fecha 6 querellas por femicidios consumados presentadas por nuestro servicio".
Finalmente, la secretaria de Estado enfatizó el alcance de la norma, señalando que "lo más importante que viene a ser este proyecto de ley es asegurar que ninguna persona condenada por delitos graves como femicidios pueda beneficiarse económicamente de su víctima.
Y en ese sentido, como Estado, tenemos que ser coherentes en la protección y también en condenar fuertemente la violencia contra la mujer".