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Crónica
04/05/2026
La entrada en vigencia de la Ley 21.772 el pasado 2 de abril marcó el inicio de la reforma más profunda al sistema notarial y registral chileno desde la dictación del Código Orgánico de Tribunales.
Sin embargo, en la Región del Biobío, los notarios aguardan aún la publicación de los reglamentos locales que permitan concretar en la práctica buena parte de los cambios contemplados en la normativa, especialmente en materia de digitalización.
La ley, que fue publicada en el Diario Oficial el 1 de octubre de 2025 y que tardó seis años en tramitarse en el Congreso, introduce modificaciones estructurales al funcionamiento de notarías, conservadores de bienes raíces y archiveros judiciales. No obstante, las obligaciones de operar a través de medios electrónicos , como el repositorio digital obligatorio y el envío electrónico de títulos al Conservador, están supeditadas a un reglamento que debe dictarse antes del 1 de octubre de 2026.
"Estamos en un periodo de puesta en marcha. Necesitamos que la comunidad conozca esta normativa y también estamos trabajando con los proveedores para que se sumen a este proceso de manera colaborativa." Angélica Solar, directora regional del SERNAC del Biobío
Desde el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), que asume un rol fiscalizador inédito sobre las notarías, se confirmó que ya se ha oficiado a más de 500 notarías, conservadores y archiveros a nivel nacional para integrarlos al sistema de gestión de reclamos.
En tanto, los usuarios de la región ya pueden presentar reclamos ante el SERNAC si detectan cobros irregulares, horarios incumplidos o problemas de atención.
Entre los cambios inmediatos más relevantes se encuentra el fin de los cargos vitalicios: la ley establece un límite de 75 años para ejercer como notario y dispone que los nuevos nombramientos se realizarán a través del Sistema de Alta Dirección Pública, mediante concursos abiertos. Asimismo, se incorpora la obligación de cada notaría de mantener un sitio web con información de tarifas y canales de reclamo visibles para los usuarios.
La digitalización plena del sistema,incluyendo copias electrónicas con firma avanzada y comunicaciones internotariales digitales, quedará diferida hasta seis meses después de la publicación del reglamento respectivo.
Este plazo representa, según juristas, una ventana de incertidumbre que los profesionales del rubro esperan ver resuelta con prontitud para poder planificar las inversiones tecnológicas necesarias.