Polémicos plebiscitos dirimentes quedarán condicionados a una reforma constitucional

Nacional

Política

07/10/2021


El pleno de la Convención Constitucional ratificó ayer la opción de llamar a un plebiscito dirimente para zanjar artículos de la nueva Constitución que no logren ser aprobados por el quórum de 2/3. Además, visó una serie de normas que lo regirán, como los requisitos de su convocatoria y quiénes podrán votar en él.

De acuerdo al texto aprobado, se someterán a este mecanismo de consulta ciudadana aquellas propuestas de normas constitucionales que no logren obtener el quórum requerido de 2/3 ni siquiera en una segunda votación, pero que sí hayan alcanzado el respaldo de tres quintos de los constituyentes en ejercicio.

También se estableció que se podrá convocar a la consulta solo una vez, en una fecha establecida por la mesa de la Convención y la que deberá ser previa a los 30 últimos días del funcionamiento del órgano constituyente.

Respecto del padrón, se estableció que será una consulta obligatoria para los mayores de edad y voluntaria para quienes tengan entre 16 y 18 años.

Con todo, la Convención también aprobó que la figura del plebiscito dirimente estará sujeta a que el Congreso la valide en una reforma Constitucional.

Aunque para muchos este requisito resulta prácticamente inalcanzable, al menos en el actual parlamento, convencionales de Chile Podemos Más reiteraron que recurrirían a la Corte Suprema para impugnar la fórmula ideada por el PC para –argumentaron– saltarse la regla de los 2/3.

“Millones de chilenos votaron por un proceso que tenía ciertas características: uno, buscar grandes acuerdos a partir del quórum de 2/3; dos, un plebiscito de salida. Estos plebiscitos dirimentes o intermedios están absolutamente en contra de lo que fue ese acuerdo que motivó este proceso y de lo que votaron los chilenos”, dijo el convencional de la UDI, Rodrigo Álvarez.



Noticias Relacionadas