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Crónica
04/09/2025
En condiciones de ser ley quedó el proyecto que otorga prioridad a personas con discapacidad en la atención de servicios públicos y privados.
Se trata del Boletín N° 16.396, que fue aprobado de forma unánime, incluyendo las modificaciones que realizó el Senado.
En detalle, esta moción busca modificar la Ley 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión de personas con discapacidad.
Vale mencionar que durante su segundo trámite legislativo, se mantuvo la redacción de la norma base de esta nueva ley. “Ella define que la atención de prioridad se dirigirá a personas que cuenten con credencial o certificado de discapacidad vigente emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación”, indica un comunicado que emana desde la Cámara de Diputadas y Diputados.
Además, “se amplía también (la prioridad) para sus cuidadores o cuidadoras, que cuenten con el certificado respectivo. El Senado extendió la opción de acreditar dicha calidad mediante otro mecanismo reconocido por la ley”, indica la misiva.
La atención preferente, que impulsa la futura ley, aplica para todas las instituciones públicas y privadas que brinden atención al público.
Para el caso de atenciones en salud, regirá lo dispuesto en la Ley 20.584, particularmente en el Párrafo 3º que explica el derecho de atención preferente y detalla en qué forma ésta se otorgará.
“Esta normativa regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. Específicamente, se apunta a la norma que regula el derecho a la atención preferente. Allí se incluyen las y los mayores de 60 años, las personas con discapacidad y sus cuidadores/as”, concluye el comunicado.