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Crónica
24/07/2025
La Contraloría General de la República (CGR) impartió instrucciones para que los distintos órganos del Estado y entidades sujetas a la revisión de este organismo de control actualicen sus sistemas de control de asistencia.
Se trata, en definitiva, del fin de los registros de papel para marcar entrada a la jornada laboral. Pero, ¿qué es lo que viene? “Solo utilizar herramientas tecnológicas para un registro idóneo, eficaz y eficiente”, instruyó el organismo contralor.
“Lo anterior surge a raíz de la reiterada constatación de debilidades que presentan los sistemas en libros de asistencia u otras formas de registro que utilizan el soporte papel, según dan cuenta múltiples informes de auditoría de la CGR”, indica el comunicado público.
¿En qué se basa esta decisión? Según la CGR en las fiscalizaciones en torno a esta temática se “ha observado múltiples errores, omisiones, ilegibilidad, adulteraciones, registros fraudulentos o anotaciones estandarizadas que afectan completamente su confiabilidad”.
Ahora bien, ¿qué conclusiones obtuvo el organismo fiscalizador? Para la CGR, estas prácticas “no constituyen un método de control idóneo que permita asegurar la integridad y veracidad de los datos contenidos en ese tipo de soportes y el consiguiente pago de los fondos públicos asociados a la respectiva asistencia”.
En definitiva, el organismo contralor instruyó a las entidades públicas a “utilizar herramientas tecnológicas como tarjetas electrónicas de acceso, sistemas biométricos -por impresión de huella digital o reconocimiento facial-, softwares en línea, aplicaciones móviles, entre otros sistemas automatizados, que entreguen confiabilidad para el control que deben efectuar las jefaturas, el lugar de desempeño y la actividad del personal”.
¿Tiene un plazo establecido esta instrucción? Sí, la Contraloría entregó un plazo de 20 días hábiles a los distintos organismos de la Administración del Estado para que informen respecto del o los sistemas de registro de asistencia que utilizan actualmente.
“En el caso de no contar con métodos tecnológicos o automatizados, objetivos y verificables, deberán comunicar el plazo en el que realizarán su implementación, el que deberá ser a más tardar durante el primer semestre de 2026”, concluye el comunicado.
En definitiva, las instituciones que formen parte de la Administración del Estado tendrán que, en primera instancia, informar qué método utilizan y luego dar a conocer el plazo en el que realizarán el cambio a controles digitales.