Gremio de la construcción llama a informarse sobre nuevo beneficio que bajará los costos de los créditos hipotecarios para viviendas nuevas

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18/07/2025


La Cámara Chilena de la Construcción Los Ángeles hizo un llamado a conocer el beneficio estatal que subsidia la tasa de interés de los créditos hipotecarios, la cual tiene por objetivo hacer más accesible el financiamiento para adquirir un bien raíz.

Desde el 25 de junio se pusieron a disposición 50 mil cupos para acceder a créditos para viviendas de hasta 4.000 UF. Según cálculos de la Cámara Chilena de la Construcción, son hasta $30 millones los que una familia podría llegar a ahorrar al postular a este beneficio en su banco o institución financiera.

El beneficio estará disponible hasta 2027 o hasta que agoten los cupos disponibles a nivel nacional.

“El foco de este subsidio está en un impacto inmediato. La reactivación debería ser inmediata. La idea es que este subsidio, que tiene carácter transitorio, logre impactar rápidamente el stock. Si logramos vender 50 mil unidades en un año y medio, se podrá iniciar una nueva etapa de proyectos, reactivando el empleo y la cadena productiva asociada”, expresó el vicepresidente gremial de CChC Los Ángeles, César Palacios.

“Creemos que el subsidio va por buen camino, pero hay que estar muy encima para corregir si no produce los efectos deseados. La solución estructural, en todo caso, no puede ser seguir subsidiando, sino que el país vuelva a crecer”, añadió.

Mil unidades en Los Ángeles

El Área de Estudios de CChC Los Ángeles cifró en 1.340 las unidades a la venta hoy en la capital provincial de Biobío, de las cuales un 77,5% cumple con los requisitos para acceder al beneficio, es decir una vivienda nueva, con un valor inferior a las 4.000 UF.

Entre las viviendas que califican para el beneficio, existen alrededor de 200 casas y 850 departamentos.

 

Requisitos para obtener el beneficio

  • El beneficiario debe ser persona natural. 
  • El crédito debe destinarse a la primera venta de una vivienda nueva (que no haya sido objeto de venta anteriormente).
  • El valor de la vivienda no puede exceder las 4.000 UF, considerando el menor valor entre la tasación de la institución financiera y el precio de compraventa.
  • La compraventa no puede derivar de una promesa firmada antes del 31 de diciembre de 2024. 
  • El solicitante debe presentar las declaraciones juradas requeridas por los reglamentos. 
  • El solicitante debe cumplir con las políticas de riesgo de la institución financiera.
  • Si el monto del crédito es igual o superior a 50 UF, no podrá acceder si figura en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (Ley N°21.389).



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