El Ministerio del Deporte dio a conocer los requisitos para que recintos deportivos, públicos y privados, que se encuentren al aire libre, postulen a obtener el permiso que el ministerio entrega para poder abrir nuevamente.
La ministra Cecilia Pérez presentó la iniciativa y señaló que partir de este miércoles 16 de junio quienes quieran reabrir sus recintos deportivos pueden hacerlo en este sitio web.
Además, reforzó su llamado a seguir cuidándose y respetar los protocolos que se establezcan para la reapertura. “Esta pandemia la vamos a superar unidos, actuando con responsabilidad y siendo solidarios con nuestros seres queridos”, señaló.
En esa línea, comentó lo importante que es este paso hacia una reapertura, pues es “en beneficio de todos los deportistas de nuestro país“.
“Hacemos un llamado a que se respeten los protocolos y medidas sanitarias. El incumplimiento a la normativa legal vigente llevará a la revocación del permiso obtenido por el recinto deportivo”, añadió la secretaria de Estado.
Requisitos de postulación
Según detalló la ministra, estos son las condiciones para poder postular a este permiso de reapertura:
- Las solicitudes de autorización aplicarán sólo a recintos deportivos al aire libre, públicos y privados, con un aforo máximo de 5 personas simultáneamente en Fase 1 de Cuarentena, y fines de semana y festivos en Fase 2 de Transición del plan Paso a Paso.
- Las postulaciones para la apertura de recintos deportivos al aire libre, se podrán realizar todas las semanas de lunes a miércoles. Los días jueves y viernes estas postulaciones serán evaluadas por el Ministerio del Deporte.
- Para la obtención de esta autorización, se deberá completar el formulario de postulación disponible en el sitio web del Ministerio del Deporte, adjuntando el protocolo del recinto deportivo, teniendo como base el protocolo del Mindep, y acompañado de la Declaración Jurada Simple firmada por el representante legal donde se aceptan los términos y condiciones.
- El protocolo que se adjunte deberá estar ajustado a la realidad de la infraestructura del recinto y no podrá superar los 10 MB. Las solicitudes que no cumplan con esta condición serán rechazadas.
- El protocolo deberá indicar la cantidad de subrecintos que se habilitarán y la cantidad mínima necesaria de trabajadores esenciales no podrá ser superior a 1 por subrecinto con un máximo de 20 para la totalidad del recinto deportivo.
- La respuesta a la solicitud será enviada por correo electrónico a la dirección indicada en la postulación una vez terminado el proceso de evaluación.
- En caso de ser aprobada la solicitud, se remitirán los antecedentes a la Subsecretaría de Prevención del Delito para solicitar la habilitación en Comisaría Virtual del Permiso Único Colectivo para los trabajadores esenciales del recinto deportivo al aire libre.
- La solicitud aprobada permitirá el funcionamiento permanente del recinto durante la vigencia de la resolución N°43 del Ministerio de Salud.
- En el caso de que la solicitud sea rechazada por incumplimiento en los requisitos exigidos podrá elevar una nueva solicitud una vez haya subsanado los motivos por los cuales fue rechazado.
- El ingreso de toda persona al recinto deberá ser controlado por personal destinado a esa labor, para verificar que cuenta con las medidas de movilidad definidas en el instructivo de desplazamiento del Ministerio del Interior y Seguridad Pública para comunas en Fase 1 y Fase 2 (pase de movilidad o permiso de desplazamiento).
- En caso de incumplimiento de alguna de las medidas sanitarias o del protocolo presentado, esta aprobación será revocada sin permitir una nueva postulación y será denunciado ante la autoridad sanitaria regional.