Nacional
Crónica
Educación
10/10/2024
El proyecto de ley que propone terminar con el Crédito con Aval del Estado (CAE) y avanzar hacia un nuevo sistema de financiamiento para la educación superior (FES) recién comienza a exhibir sus detalles.
Algunos de ellos tienen que ver con el mecanismo de retribución, que será "distinto a los créditos, y sin participación de la banca", según el mensaje que el Gobierno ingresó a la Cámara de Diputados.
En concreto, la iniciativa del Ejecutivo establece que quienes estudien con FES, tras un año del egreso, y siempre y cuando sus rentas superen los $500.000, deberán retribuir un monto que será determinado por el Servicio de Impuestos Internos (SII) y que no podrá superar el 7% de sus ingresos mensuales o el 8% para quienes perciban $3 millones o más.
La contribución se llevará a cabo a través de retenciones mensuales por parte de los empleadores o de un porcentaje de la boleta de honorarios de los beneficiarios. Asimismo, la iniciativa establece un periodo de pago específico, que se calculará multiplicando por dos el número de semestres cursados, con un tope de 20 años. Con ello, el periodo de contribución se extenderá "ininterrumpidamente hasta cumplir la totalidad de años de aporte según semestres cursados, salvo en las hipótesis de suspensión temporal", dice la iniciativa.
Estas incluyen la posibilidad de que, luego de obtener un título técnico financiado por el instrumento, se vuelva acceder a este para financiar una carrera profesional; se cursen estudios en el extranjero; o se ingrese nuevamente a estudiar en pregrado en el caso de quienes no hayan egresado. La complejidad y los detalles de la iniciativa en su dimensión retributiva han abierto una serie de preguntas.
Entre ellas, la que subraya la naturaleza de la contribución que deben hacer los beneficiarios. ¿Es parecido a un crédito? ¿Es un "impuesto" a los egresados? Algunos economistas se han inclinado por la segunda de estas opciones.
El ex ministro de Hacienda, Ignacio Briones, por ejemplo, señaló, cuando se conoció lo medular del proyecto, que el mecanismo constituye "un impuesto a graduados, una vieja pésima idea del Frente Amplio".
Con esa visión coincide la economista de la Universidad de los Andes, Cecilia Cifuentes, quien señala que "uno tiende a calificarlo como un impuesto a los graduados, en función del ingreso que tengan".
Pero, ¿qué dicen sobre el mecanismo los abogados tributaristas? Algunos reconocen similitudes, pero evitan calificarlo de impuesto. Esto, entre otras cosas, porque atendería a una "contraprestación" y apuntaría a una asignación específica. Otros, sin embargo, no están de acuerdo. Y creen que pueden existir razones para denominarlo impuesto.
"En ningún caso es un impuesto"
Álvaro Moraga, abogado y socio de Moraga & Cía, es tajante: "En ningún caso es un impuesto -dice- aunque pueda tener algunas de las características doctrinarias del concepto". "Lo que hay acá -especifica- es el pago de una deuda por un servicio oneroso recibido de forma gratuita, con condiciones especiales tanto en plazo, exigibilidad, máximos aplicables y prescripción". Con él coincide Juan Pablo Cabello, socio de Cabello Abogados.
"La denominada 'retribución' propuesta para pagar el FES, no es en estricto rigor un impuesto, porque tiene un destino específico y responde a una contraprestación", sostiene. Sin embargo, reconoce similitudes. "Económicamente responde al mismo efecto, ya que es obligatorio, lo cobra el Estado, se aplica en forma progresiva sobre las rentas del trabajo y habrá una retención mensual del empleador", detalla. "Legalmente -explica- es más bien una contribución o tributo, y no un impuesto, por lo que no le sería aplicable el principio de no afectación establecido en la Constitución".
"Es discutible (que no sea un impuesto)"
Claudio Bustos, abogado tributarista y socio de Bustos Tax & Legal, tiene una mirada diferente. "El Gobierno ha dicho que no es un impuesto, sino que más bien es una contribución, lo cual es bastante discutible y dudoso en primera instancia, pues la contribución supone una suerte de contraprestación de parte del Fisco a las personas", explica.
En esa línea, continúa señalando que "en este caso, habría que ver realmente qué tipo de contraprestación es y si esto califica o no para una contribución. De otra forma, esto derechamente sería un impuesto por parte de los graduados con lo cual se financiaría el sistema".
Añade, a eso, que "existe un tributo que deberán pagar los graduados que, en el fondo, va directamente destinado a financiar el CAE, tal como lo ha lo ha manifestado el propio ministro de Educación". Hugo Hurtado, Socio de Tax & Legal en Deloitte, por su parte, dice que "faltan detalles del proyecto para determinar si la 'retribución' del FES podría calificar como tributo, ya que implicaría un pago en dinero obligatorio, destinado a una entidad pública y establecido por ley, con el objetivo de financiar la educación superior pública".
"Estos elementos -sostiene además- cumplen con la definición de tributo, que requiere una prestación pecuniaria obligatoria a entidades públicas para financiar el gasto público en virtud de una ley. Si lo pagado se destina a un fin específico como financiar la educación esto estaría en conflicto con el principio de no afectación de la Constitución".