44 inspecciones a la Ley de Tabaco registra SEREMI de Salud este año en la región del Biobío

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Salud

28/05/2024


Con motivo de conmemorarse este 31 de mayo el Día Mundial sin fumar y en coherencia con las medidas establecidas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para reducir su consumo, la Autoridad Sanitaria del Biobío realizó un proceso de fiscalización a la Ley de Tabaco, que prohíbe fumar en lugares cerrados accesibles al público o de uso comercial colectivo.

De enero a mayo del presente año, en la región se han realizado un total de 44 inspecciones a la ley de tabaco, 24 de ellas en la provincia de Concepción, 11 en Biobío y 9 en Arauco; sin que ello diera origen a incumplimientos con citaciones al Juzgado de Policía Local.

Durante todo el 2023, en tanto, se concretaron en la región 101 fiscalizaciones, 55 de ellas en la provincia de Concepción, 31 en Biobío y 15 en Arauco, que dieron origen a 2 citaciones al Juzgado de Policía Local, por fumar en espacios cerrados.

 

Provincia

Nº fiscalizaciones

anual 2023

N° fiscalizaciones

Enero a mayo 2024

Concepción

55

24

Biobío

31

11

Arauco

15

9

Total

101

44

 

“Durante este año se contabilizan 44 inspecciones orientadas a verificar el cumplimiento de la normativa que prohíbe fumar en lugares cerrados accesibles al público o de uso comercial colectivo, incluyendo la prohibición de publicidad. Dicho proceso de control no estableció incumplimientos que hayan derivado en citaciones al Juzgado de Policía Local”, declaró el Seremi de Salud del Biobío, Dr. Eduardo Barra Jofré.

Principales disposiciones de la Ley de Tabaco

La normativa legal prohíbe fumar en lugares cerrados accesibles al público o de uso comercial colectivo, incluyendo espacios cubiertos por un techo adosado a una o más paredes, terrazas que no estén el aire libre o tengan un techo que se encuentre pegado a un muro, así como en recintos deportivos, estadios o gimnasios (aunque el administrador del establecimiento puede habilitar áreas para fumadores)

La prohibición también alcanza a bares, pubs, discotecas, restaurantes y casinos de juego, hoteles, centros comerciales; taxis, colectivos o buses; universidades o centros de educación superior, además de hospitales y clínicas, en todos los casos con la excepción de lugares abiertos

Respecto a la publicidad, la ley prohíbe la venta de cigarrillos a menos de 100 metros de distancia de colegios (medidos desde la puerta de acceso), la venta o entrega gratuita de cigarrillos en unidades o sueltos y en paquetes que contengan cantidades inferiores a 10 unidades, todo tipo de publicidad del tabaco, entre otras disposiciones.

La Ley 21.642, del 04 de marzo recién pasado, modifica la Ley 19.419 y prohíbe venta de cigarrillos electrónicos a menores de edad; asimila a productos de tabaco los sistemas electrónicos de administración de nicotina, mecanismos semejantes sin nicotina y productos de tabaco calentado; y regula los dispositivos con o sin nicotina, aspectos que entrarán en vigencia cuando esté listo el decreto que acompañará la normativa. 

Adicionalmente permitirá a la SEREMI de Salud iniciar sumarios sanitarios ante eventuales incumplimientos, ya que antes las denuncias eran derivadas exclusivamente a los Juzgados de Policía Local.

Carga sanitaria del Tabaco

En Chile, se puede atribuir al consumo de tabaco 19.731 muertes evitables al año, 5.526 de ellas por Enfermedad Pulmonar Crónica, 3.388 por otros cánceres, 3.104 por enfermedades cardíacas, 2.774 por cáncer al pulmón, 2.270 por tabaquismo pasivo, 1.792 por Accidente Cerebro Vascular y 878 por casos de Neumonía.

La Encuesta Nacional de Salud (ENS) 2016 – 2017 mostró alentadores resultados, con una disminución en la prevalencia del consumo en población de 15 años a 65 años y más, pasando de 42,2% en 2003, a 39,8% en 2009-2010, y 32,5% en 2016-2017.

La región del Biobío, en tanto, pasó de una prevalencia del 32,3% de acuerdo a la Encuesta Nacional de Sal2009-2010, a 28,2% de acuerdo a ENS 2016-2017.



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