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27/01/2024
Un oficio remitió el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) al Presidente Gabriel Boric en septiembre del 2022. En el documento, la directora del organismo, Consuelo Contreras, advirtió al Mandatario la imposibilidad que tenían de continuar acreditando las afecciones de quienes postularon a acceder una pensión de gracia.
Fue dado a conocer el contenido de la misiva, "Por medio del presente tengo a bien informarle sobre la imposibilidad que asiste al Instituto Nacional de Derechos Humanos (en adelante INDH) para efectuar la acreditación del padecimiento de 'menoscabo permanente, completo o parcial, de su capacidad de trabajo' en víctimas de violaciones a los derechos humanos ocurridas desde el 18 de octubre de 2019 en adelante, que solicitan al Presidente de la República acceder a pensiones de gracia", se indica.
Asimismo, Contreras aseguró a Boric que el INDH "le es posible acreditar la condición de víctimas de violaciones a los derechos humanos de los casos conocidos en el ejercicio de sus funciones como órgano de promoción y protección de los derechos humanos, con independencia del resultado de las acciones para poder acreditar circunstancias de esta índole", pero que eso no aplicaba "las consecuencias físicas derivadas de esos hechos". "En este sentido, el Instituto no cuenta con las capacidades técnicas ni expertise en la materia para poder acreditar circunstancias de esta índole", se añadió.
Además, la directora del organismo acusó que "la inclusión de nuevas funciones y atribuciones por medio de cuerpos legales distintos a la ley 20.405, como la citada Ley de Presupuesto, representa un riesgo para la autonomía del Instituto, toda vez que impone obligaciones no establecidas por la ley que le rige".
"Es así que para efectos de proceder a la calificación de víctimas y admisibilidad de ésas a posibles beneficios que debiesen estar contemplados en una política de reparación integral según los estándares internacionales, se requiere la conformación de un órgano encargado de la calificación, que garantice un procedimiento administrativo accesible, flexible, transparente y público.
Este órgano, que podría ser la comisión que contempla el artículo 7 de la ley 18.056, debería estar Integrado por personas de excelente reputación moral y profesional, asegurando la imparcialidad", se sostiene en el documento.
La polémica
Entre el Gobierno y el organismo se ha generado una diferencia sobre quién se adjudica la responsabilidad de los 10 casos que no presentaban antecedentes que acreditaran el relato de los presuntos afectados durante el estallido social, y que advirtió la Contraloría General de la República en su auditoría.
Mientras el INDH señaló mediante un comunicado que se le mandató que "acreditara la calidad de víctima de violaciones a derechos humanos a las personas que sufrieron lesiones en el contexto de la crisis de octubre de 2019", advirtió que "no hubo encargo para el INDH en cuanto a la magnitud de las lesiones y su relación causal con el menoscabo laboral de tales víctimas".
También relevaron que la consesión del beneficio "estaba radicado en el Ministerio del Interior y Seguridad Pública" y que "el INDH nunca intervino en este proceso y su actuación se restringió a acreditar la calidad de víctimas de las personas afectadas y que lo requirieran". Rebatiendo lo anterior, el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, aseveró este viernes que "los antecedentes médicos los solicita el INDH" y que en la carpeta de los postulantes "viene a su vez un certificado del INDH que es muy clave".
"Es un certificado muy explícito, cuando dice que el INDH, de la revisión de los antecedentes, de todos estos antecedentes, ha llegado a la convicción de que las lesiones de las personas producidas en el marco del estallido social (....) tiene suficiente gravedad para producir menoscabo laboral. Eso dicen todos los certificados", sostuvo.