"Lo soñamos hace años": Chile tendrá un Servicio de Biodiversidad y un Sistema de Áreas Protegidas

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14/06/2023


Luego de casi una década de tramitación, el Congreso Nacional despachó la ley que crea el Servicio de Biodiversidad y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, que completarán la insitucionalidad del país en la materia, donde ya existen tribunales ambientales, un ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia.

El proyecto, ingresado en 2014 por el segundo Gobierno de Michelle Bachelet, tuvo que llegar a comisión mixta, cuyo texto fue aprobado la semana pasada por el Senado y este miércoles, en su último paso, por la Cámara de Diputadas y Diputados con 131 votos a favor, dos en contra -la opositora Gloria Naveillán y el PS Daniel Manouchehri- y una abstención.

"Chile cuenta con una ley para la naturaleza, una ley que hemos soñado desde hace muchos, muchos años", expresó la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas.

La ley "completa la institucionalidad ambiental, (originada) cuando se crea el Ministerio del Medio Ambiente, Servicio de Evaluación Ambiental, la Superintendencia, tribunales ambientales; ésta es la cuarta pata que necesitábamos y estábamos esperando", destacó.

Enfatizó asimismo que cuando "tenemos una crisis de pérdida de biodiversidad muy severa, contar con este servicio público, 100% concentrado con el objetivo de conservar, restaurar y proteger nuestro patrimonio natural, es una condición habilitante para hacernos cargo".

El texto fue despachado sin el artículo 158, que eliminaba la pesca en reservas nacionales, cuestionado por el gremio de las salmoneras como un "torpedo" para el sector.

LINEAMIENTOS DE LA NUEVA LEY

La nueva normativa tiene como objeto la conservación de la diversidad biológica (in situ y ex situ), y promueve la protección del patrimonio natural del país, a través de la preservación, restauración y uso sustentable de genes, especies y ecosistemas.

Igualmente, se considera la planificación para la conservación de la biodiversidad y la regulación que se aplicará para los sitios priorizados. Del mismo modo, se incluyen los instrumentos para la conservación y restauración de ecosistemas, así como para el manejo de humedales y de especies.

También se abordan las reservas de la biósfera; los monumentos naturales; planes de control de especies exóticas y la regulación del Fondo Nacional de la Biodiversidad.

En lo relativo al Sistema Nacional de Áreas Protegidas, se regula sobre los parques marinos, nacionales y de turismo; los monumentos naturales; las reservas marinas, nacionales y forestales; los santuarios de la naturaleza; áreas marinas y costeras protegidas; bienes nacionales protegidos y humedales de importancia internacional; o sitios Ramsar (Convención sobre Humedales) creados hasta la fecha de publicación de la ley.



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