Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles ordena a constructora indemnizar a compradores de viviendas defectuosas

Regional

Crónica

18/07/2023


El Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles condenó a la empresa Constructora Manitoba SpA, a pagar una indemnización total de $6.746.857.895 por conceptos de lucro cesante, daño emergente y daño moral, a 167 residentes del complejo habitacional Portal Manso de Velasco, Etapa V, por las fallas de construcción que presentan las viviendas.

En la sentencia (causa rol 487-2021), el magistrado Jorge Carrasco Martínez estableció la obligación de la empresa de resarcir a los demandantes por las graves falencias en la edificación de los inmuebles, comprobadas a través de peritajes técnicos.

“Al respecto, las alegaciones esgrimidas por la demandada han quedado completamente descartadas con la prueba analizada en el apartado anterior, correspondiente a los 7 informes periciales, en los cuales, los 7 peritos concluyeron que existen defectos constructivos graves, sin que dicha conclusión haya sido desvirtuada por la contraria, pues, no demostró de modo alguno sus afirmaciones al no rendir prueba idónea al efecto, a diferencia de los demandantes”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que, en consecuencia, constatada la existencia de las fallas por elementos constructivos y que estas han generado daños en los términos relatados en la demanda, no cabe más que concluir que se encuentra acreditado el último requisito de la acción, esto es, la relación de causalidad entre los daños y las fallas de construcción, de este modo, los daños ocasionados en las viviendas son necesariamente consecuencia de las fallas o vicios de construcción en que incurrió la demandada, pues, al suprimir de la ecuación los defectos o fallas indefectiblemente los daños en las viviendas no se habrían producido”.

Por tanto, se resuelve que:

“I.- Que, se rechaza, sin costas, la excepción dilatoria de litispendencia opuesta por el apoderado de la parte demandada, Constructora Manitoba SpA, representada por don Jorge Francisco Martabid Razazi.

II.- Que, se acoge, sin costas, la tacha del N° 5 a la testigo Paula Catalina Diez Raasch deducida a folio 134.

III. Que, se rechaza, sin costas, la tacha del N° 6 la testigo Paula Catalina Diez Raasch deducida a folio 134.

IV. Que, se acoge, la demanda enderezada en lo principal de folio 1, y se condena a la demandada Constructora Manitoba SPA, representada por don Jorge Francisco Martabid Razazi a pagar a los demandantes.

V. Que las sumas a pagar serán reajustadas según el índice de precios al consumidor, calculado entre la fecha en que esta sentencia quede ejecutoriada y la de su pago efectivo. Asimismo, se les aplicará el interés corriente para operaciones reajustables dentro de las mismas fechas.

VI. Que, se condena en costas de esta causa a la parte demandada”.



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